Subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad
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Subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad

Con fecha 9 de septiembre ha sido publicada en el BOE la convocatoria del programa de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

 

Igual que en anteriores convocatorias, se trata de dos programas de subvenciones que se convocan de forma simultánea:

 

Para las solicitudes de patente y modelos de utilidad en España

En concreto se subvencionan las tasas oficiales abonadas:

  • En la presentación de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en España como primera solicitud.
  • En la realización del Informe sobre el Estados de la Técnica de dichas solicitudes de patente y modelo de utilidad.
  • En la petición de examen sustantivo en el caso de las solicitudes de patente anteriormente referidas.

Podrán optar a estas subvenciones los solicitantes con domicilio en España siempre que se trate de:

a) Persona(s) física(s),o
b) Pequeñas o medianas empresas (PYME) y autónomos.

Los solicitantes podrán optar a una subvención de hasta un 90% del importe de las tasas abonadas, siempre que las solicitudes de patente o modelo de utilidad objeto de la subvención hayan sido publicadas en 2017, 2018 o 2019 y no hayan sido objeto de subvención en anteriores convocatorias.

 

Para la internacionalización de invenciones con origen en España

En concreto se subvencionan las tasas oficiales abonadas:

  • En el marco de la presentación de solicitudes internacionales PCT con origen o prioridad española.
  • En la tramitación desde su solicitud hasta su concesión, incluidas tasas de mantenimiento, de solicitudes de patente europea con origen o prioridad española. También se contempla el trámite de validación en países extranjeros.
  • En la solicitud, búsqueda, examen y concesión de patentes y modelos de utilidad presentados en el extranjero que reivindiquen prioridad española.

Podrán optar a estas subvenciones los solicitantes con domicilio en España siempre que se trate de:

a) Persona(s) física(s),
b) Pequeñas o medianas empresas (PYME) y autónomos,
c) Grandes empresas privadas, o
d)  Instituciones privadas sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

Las personas físicas, PYMEs y autónomos podrán optar a una subvención de hasta un 90% del importe de las tasas abonadas mientras que en el caso de grandes empresas e instituciones privadas, el máximo subvencionable será de un 80%.

Se subvencionaran los gastos incurridos entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019.

 

El plazo para solicitar estas subvenciones finaliza el 9 de octubre de 2020.

 

Si desean ampliar información sobre estas subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad de la Oficina Española de Patentes y Marcas y conocer con detalle las condiciones para su optar a ellas, no duden en contactar con nosotros. 

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